9.- Ingresos por ventas y servicios

Valoración.


Por el valor razonable de la contrapartida, recibida o por recibir, que salvo evidencia en contrario será el precio acordado de los bienes o servicios deduciendo el importe de cualquier descuento.

Cuándo se contabilizarán las ventas.

Sólo se contabilizarán cuando:
a) La empresa ha transferido al comprador los riesgos y beneficios significativos inherentes a la propiedad de los bienes, con independencia de su transmisión jurídica. 
b) La empresa no mantiene la gestión corriente de los bienes vendidos, en un grado asociado normalmente con su propiedad, ni retiene el control efectivo de los mismos.
c) El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad.
d) Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción, y
e) Los costes incurridos o a incurrir en la transacción pueden ser valorados con fiabilidad.

Retención significativa.

Se entiende que hay retención significativa cuando:
  • La empresa asume obligaciones derivadas del funcionamiento insatisfactorio de los productos, que no entran en las condiciones normales de las garantías de venta.
  • La facturación al comprador depende de la obtención por su parte de ingresos ordinarios derivados de la venta posterior de los artículos entregados.
  • Los bienes se venden en un contrato que incluye la instalación de los mismos y esa instalación es una parte sustancial del contrato.
  • El comprador posea el derecho de vender los bienes a la empresa y ésta la obligación de recomprarlos, por el precio de venta inicial más la rentabilidad normal que obtendría un prestamista.
  • La empresa asume obligaciones derivadas del funcionamiento insatisfactorio de los productos, que no entran en las condiciones normales de las garantías de venta.
  • Conste la recepción de conformidad y la certeza acerca del funcionamiento satisfactorio de los productos.

Retención no significativa.

  • Retener la titularidad con el único propósito de asegurar el cobro de la deuda (condición resolutoria o reserva de dominio)
  • Garantizar la devolución del importe si el consumidor no queda satisfecho. 
  • Siempre que el vendedor pueda estimar con fiabilidad las devoluciones futuras, y reconozca una deuda por los reembolsos a efectuar, basándose en su experiencia previa o en otros factores relevantes.

Cuándo se contabilizarán los ingresos por prestación de servicios.

Sólo se contabilizarán los ingresos procedentes de prestación de servicios cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
a) El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad.
b) Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción.
c) El grado de realización de la transacción, en la fecha de cierre del ejercicio, puede ser valorado con fiabilidad, y
d) Los costes ya incurridos en la prestación, así como los que quedan por incurrir hasta completarla, pueden ser valorados con fiabilidad.

Cuando el resultado de una transacción que implique la prestación de servicios no pueda ser estimado de forma fiable, se reconocerán ingresos, sólo en la cuantía en que los gastos reconocidos se consideren recuperables.

Supuesto
Supónga un servicio de revisión de extintores, que se cobra una vez realizadas las inspecciones; al cierre del ejercicio, la empresa tiene pendientes de facturación a determinado cliente, 120 revisiones a 50,00€ cada una, según notas de instalación aceptadas de conformidad.


Valoración de ingresos por ventas

Las ventas se valorarán por el importe efectivamente facturado.
Se minorarán en los descuentos comerciales aplicados.
Los descuentos por pronto pago se restarán del importe facturado en las ventas.
Las subvenciones concedidas como ayudas al precio de venta de los bienes y servicios formarán parte de los ingresos por ventas y prestación de servicios.
Podrán incluirse los intereses incorporados a los créditos comerciales con vencimiento no superior a un año que no tengan un tipo de interés contractual, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.

Supuesto.
Una empresa dedicada a la comercialización de productos agrícola ha realizado las siguientes operaciones por lo que debemos hacer las anotaciones correspondientes al libro diario IVA 21%
Compra de género por 10.000,00 €, pagando el importe en efectivo al recibir las mercancías, por lo que se obtiene un descuento por pronto pago del 2%. En la operación se pagan, con cheque de la cuenta corriente. 1.160,00 € (IVA incluido del 21%) por portes.
Al desembalar las compras se comprueba la existencia de una partida de 3.000,00 € que se encuentran en mal estado por lo que se procede a su evolución a la vez que se comunica al proveedor que el pago realizado de las unidades devueltas sea considerado como un anticipo sobre futuras compras.
Vende a crédito por 20.000,00 €, con descuento comercial incluido en factura del 3%. En la operación paga en efectivo, por gastos de transporte, a repartir por partes iguales entre comprador y vendedor, 2.320 € (IVA incluido del 21%).
Compra a crédito de genero por 15.000,00 €. En factura se incluye un descuento comercial del 5%. Por gastos de transporte y seguro de la empresa, ha pagado 1.276,00 € (IVA incluido del 21%).
Vende en efectivo por 18.000,00 € se incluye en factura un descuento comercial del 4%. Los gastos de transporte pagados en efectivo, a cargo del vendedor, ascienden a 696,00 € (IVA incluido del 21%)
De la venta anterior nos solicitan un descuento del 5% sobre el precio consignado en factura, por existir unidades en mal estado, a lo cual se accede remitiendo transferencia bancaria por el importe correspondiente.




Comentarios

Entradas populares